domingo, 4 de septiembre de 2011

POLITICAS DE SERVICIO INSTITUCIONAL


CUALES SON LAS POLITICAS INSTITUCIONALES EN SALUD 

El Ministerio de la protección social  es la institución especializada del Gobierno para ejercer la rectoría del Sector Salud y su Política Nacional está dirigida a lograr el cambio de la situación de salud de las personas, familias, comunidad y su entorno ecológico y social, equilibrando los cuidados preventivos, curativos y de rehabilitación, así como el trato respetuoso cálido y humano

 La Política Nacional de Salud, parte del concepto que el fomento de la salud es una inversión en
desarrollo humano que contribuye al crecimiento económico y a la redución de la pobreza.

Las principales políticas se detallan a continuación:

Ampliación de Cobertura y Mejoramiento de la Calidad de los Servicios de Salud.

Aumento de la cobertura para reducir la brecha de acceso entre la población en extrema pobreza y grupos vulnerables,en especial para mujeres en edad fértil, adolescentes y niñez de zonas rurales de difícil acceso.

Fortalecimiento de la Atención Primaria en Salud.

Promoción de conocimientos y actitudes de la población, haciendo énfasis en una cultura preventiva, involucrando a las alcaldías, los comités de desarrollo municipal, consejos municipales de salud y educación.

Promoción de la Gobernabilidad de la Salud.

Fortalecimiento del papel rector del Ministerio de Salud en su vinculación con el resto de instituciones públicas y privadas del sector salud, fortalecimiento de la intersectorialidad de los principales actores sociales sobre la implementación del Plan Nacional de Salud.

Consolidación del Sistema Nacional de Salud.

Fortalecer la articulación funcional entre las entidades públicas, privadas y comunitarias del sector salud sobre la base de una política nacional y profundizar en el proceso de descentralización para brindar una atención eficaz y oportuna.

Fortalecimiento de la Capacidad Gerencial.

Mejoramiento de la capacidad gerencial en las instituciones del sector salud, expresándose en una operación eficiente de los servicios de salud para atender a la población con calidad y calidez.

Desarrollo de los Recursos Humanos.

Formación y capacitación de los recursos humanos fomentando en el personal de salud su desarrollo científico técnico, una cultura de calidad y humanismo.

Implementación de Estrategias Innovadoras de Salud en las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica y Municipios Fronterizos.
Fortalecimiento de los modelos de atención en las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica acorde con sus aspectos

EJEMPLO DE LAS POLITICAS INSTITUCIONALES  DE UNA ENTIDAD EN SALUD

Política de dirección de la Entidad
El compromiso ético, empieza dentro de la institución como prestadores de servicios de salud de alta complejidad, con calidad e inmerso en el ámbito de la docencia, como hospital universitario, formando líderes en las áreas de la salud, transfiriendo conocimiento para la región, proporcionando alternativas estratégicas en el campo de la atención y la investigación.
En el escenario actual donde los resultados económicos son la clave esencial del progreso, es preciso defender y ahondar en la responsabilidad moral y profesional que le asiste a las instituciones prestadoras de servicios de salud frente a mejorar el estado de la salud en el país, responsabilidad social que implica la búsqueda de interacciones que logren la adhesión y solidaridad de una red de prestadores.Para tal efecto, se debe involucrar al conjunto de la institución, quienes deben liderar las acciones de transformación y cambio, crear condiciones de convivencia, dialogo participación y compromiso tanto en las prácticas individuales como colectivas, generando un clima proactivo dirigido a la integridad y transparencia en el ejercicio de la gestión pública.
Política de Calidad

La ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo, está comprometida en proveer servicios de salud, con los más altos estándares de calidad y calidez humana, en un marco docencia-servicio, que garantice procesos de mejoramiento continuo y satisfacción de los usuarios.  

Objetivos de calidad:
  1. Prestar servicios de salud con los más altos estándares de calidad.
  2. Lograr la ACREDITACIÓN EN SALUD, a través de la Implementación del Sistema de Gestión Integral de Calidad.
  3. Implementar Cultura de Mejoramiento Continuo y autocontrol en el desarrollo de los Procesos del Hospital.
  4. Desarrollar evaluación permanente de la percepción de los usuarios, con respecto a los servicios recibidos, con el propósito de alcanzar el más alto nivel de satisfacción.
Políticas de Gestión de Talento Humano

La ESE, se compromete con el desarrollo de las competencias, habilidades, aptitudes e idoneidad de sus servidores públicos, determinando políticas y prácticas de gestión humana que deben incorporar los principios constitucionales de justicia, equidad, imparcialidad y transparencia al realizar los procesos de selección, inducción, formación, capacitación, promoción y evaluación del desempeño.POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD CON EL MEDIO AMBIENTE
La ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo se compromete a respetar el medio ambiente, diseñar, implementar y mantener el programa de gestión ambiental mediante el desarrollo de estrategias internas y externas que permitan minimizar y mitigar los riesgos inherentes a la prestación de los servicios de salud.

Política de Comunicación e Información

La ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo se compromete a asumir la comunicación y la información como bienes públicos, a conferirles un carácter estratégico y orientarlas hacia el fortalecimiento de la identidad institucional.

Política de Administración y Gestion de Procesos

La Empresa Social del Estado Hospital universitario Hernando Moncaleano Perdomo de Neiva, desarrollara su administración basado en un modelo de operación por procesos, atendiendo el sistema de gestión de la calidad, con un enfoque basado en el ciclo P.H.V.A. es decir planear, hacer, verificar y actuar, en tal sentido cada dependencia se responsabilizará de socializar e implantar todos los manuales de procesos y procedimientos, guías medicas basadas en la evidencia científica y protocolos realizando los ajustes del caso; la verificación estará a cargo de la oficina de control interno.        

Política de Responsabilidad Social con los Usuarios

La ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo se orientará hacia el desarrollo humano integral de los usuarios en todas sus actuaciones, para lo cual propenderá por el mejoramiento de la calidad y la prestación integral en los servicios de salud.

Política sobre Conflicto de Intereses

El Gerente y su Equipo, los miembros de los Comités y los usuarios, se regirán por criterios de legalidad, transparencia, ética, productividad, justicia, igualdad y respeto absoluto, atendiendo primordialmente los intereses generales y no los individuales.

Política de Contratación Pública

La ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo dará cumplimiento formal y real al Estatuto de Contratación y normatividad vigente. La ESE aplicará diferentes estrategias para la divulgación, transparencia, pedagogía y fortalecimiento del proceso contractual, como: Jornadas de sensibilización sobre trámites, procedimientos y sistema integral para la vigilancia de la contratación estatal SICE, con proveedores actuales y potenciales. Registro en el SICE del plan de compras y contratos celebrados en la ESE.

Política Frente al Sistema de Control Interno

La Empresa Social del Estado Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo aplicará el Modelo 
Estándar de Control Interno MECI y velará por su cumplimiento por parte de todos los servidores públicos, para que desarrollen estrategias gerenciales que conduzcan a una administración eficiente, eficaz, imparcial, íntegra y transparente, por medio de la autorregulación, la autogestión, el autocontrol y el mejoramiento continuo para el cumplimiento de los fines del Estado, y propiciando el control estratégico, el control de gestión y el control de evaluación. El propósito esencial del MECI en la ESE es orientar la entidad hacia el cumplimiento de sus objetivos y la contribución de éstos a los fines esenciales del Estado, para lo cual se estructura en tres grandes subsistemas, desagregados en sus respectivos componentes y elementos de control.

Política Sobre Riesgos

La ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo declara que en el desarrollo de sus actividades ocurren riesgos, por lo cual se compromete a adoptar mecanismos y acciones necesarias para la gestión integral de riesgos, que minimice el impacto de las decisiones que toma la ESE respecto a los usuarios. La Administración, se compromete a desarrollar la gestión del riesgo en todos sus componentes y niveles de la Organización, y a implementar controles a los elementos identificados, de tal forma que se garantice la minimización del riesgo.

Política en Relación con los Órganos de Control Interno
 
La Junta, el Gerente, su equipo administrativo y demás funcionarios de la Institución se comprometen a mantener unas relaciones armónicas con los Órganos de Control y a suministrar la información que legalmente estos requieren en forma oportuna, completa y veraz, para que puedan desempeñar eficazmente su labor. Igualmente se comprometen a implantar las acciones de mejoramiento institucional que se deriven de las auditorias e informes de los Órganos de Control.


RENDIR INFORMES , REPORTES Y ACTAS

Como Presentar Un Informe Escrito
PASOS PARA ELABORAR UN ACTA

Antes de la reunión:

  * Se debe elaborar una agenda entre el medico y la auxiliar   , la misma que irá en el acta.
  * Preparar   y enviar la convocatoria a la reunión y debe ir incluida la agenda.
  * Organizar la reunión: materiales, equipo, papelería, mobiliario, refrigerio


Durante la reunión:

  * Tomar asistencia.
  * Verificar el quórum.
  * Tomar nota de lo que se va hablando.
  * Elaborar la minuta.

Después de la reunión:

  * Preparar el acta:
Se redacta de la siguiente manera:

  * Se coloca la palabra acta, el número consecutivo de está más los dos últimos números del año en que se encuentra, centrado como un título.

  * Se realiza el encabezado:

  * Este lleva todo en mayúscula completa.
  * Se debe indicar que tipo de sesión es.
  * Todo número y símbolos se indican en letras.
  * Debe indicarse el número de acta más el año nuevamente, en qué fecha y hora se realizó, el nombre de la junta y lugar donde fue elaborada la reunión.
  * Se colocan las personas presentes junto con el cargo.
  * Luego   se colocan los invitados, ausentes con justificación y por último ausentes sin justificación.
  * Se transcribe la agenda que fue escrita antes de la reunión (como título debe ir la palabra agenda en mayúscula completa y centrada).
  * Se desarrollan los puntos de la agenda en el orden que se encuentran, en cada punto debe ir la palabra artículo en mayúscula completa más el número que le corresponde de la agenda; luego de este subtítulo debe escribirse en mayúscula completa el nombre que se le coloco en la agenda.
  * Cuando se toma una conclusión definitiva sobre algún asunto se sitúa la palabra acuerdo en mayúscula completa y al final de los artículos.
  * Al terminar la reunión no se dispone como un artículo, sino que se coloca al final por aparte se cierra la sesión y se coloca la hora de terminada.
  * Deben ir al final del acta las firmas de los asistentes a la reunion.

EJEMPLO DE UN ACTA 

ACTA DE REUNIO No
PARA MEDICOS ,AUXILIARES , PERSONAL ADMINISTRATIVO


EN MEDELLIN AL 1 DE JUNIO DEL 2011, SIENDO LAS 12:00 EN LA SEDE DE LA CLINICA  DEL POBLADO  ,  SE CELEBRO LA REUNION ORDINARIA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO EN SALUD ,

 EL TEXTO ES EL SIGUIENTE:

SE DA INICIO A LA REUNION  DEL  PERSONAL ADMINISTRATIVO  PRESIDIDA POR DON JUAN PEREZ GONZALEZ , GERENTE GENERAL, ACTUANDO COMO SECRETARIO  LA SRA CRISTINA OCAMPO.., CON LA ASISTENCIA DE LOS FUNCIONARIOS DEL AREA ADMINISTRATIVA(SE MENCIONA CADA UNO DE LOS INTEGRANTES )  CONFORME A LO ANTERIOR SE HA CONSTITUIDO EL QUORUM MINIMO PARA SESIONAR EN FORMA LEGAL
.
EL GERENTE  ABRE LA SESION A LAS 12:00 HORAS Y EXPONE A LA JUNTA LOS TEMAS A TRATAR :
  1. LECTURA ACTA ANTERIOR.
  2. INFORME DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS.
  3. SOLICITUD DE NUEVO FUNCIONARIOA PARA  TESORERIA.
  4. APROBACION  DE NUEVAS ACTIVIDADES EN EL AREA DE ADMISION Y REGISTROS .
  5. VARIOS.
LA ASAMBLEA APRUEBA LA DESIGNACION DEL NUEVO FUNCIONARIO DE TESORERIA Y LAS NUEVAS ACTIVIDADES DEL AREA DE ADMISION Y REGISTROS , Y SE DEJA CONSTANCIA QUE EL  SR JUSTO GOMEZ, SOLICITA QUE SE AGREGE UN PUNTO SOBRE CREACION DE UN NUEVO CARGO PARA APOYAR EL DPTO  DE FACTURACION  SE VOTA LA MOCION Y ES APROBADA LA INCLUSION DEL NUEVO FUNCIONARIO.

PUNTO 1.-SE REALIZA LA LECTURA DEL ACTA ANTERIOR POR PARTE DE LA SECRETARIA. NO HAY REPAROS Y SE APRUEBA .

PUNTO 2.- ELGERENTE  DA LA PALABRA AL ENCARGADO DEL AREA DE TERSORERIA   Y LA AUXILIAR  DA LECTURA AL BALANCE. SE PRODUCE UN DEBATE AL RESPECTO, Y SE APRUEBA

PUNTO 3.....
PUNTO 4....
PUNTO 5....

SE LEVANTA LA SESION DE LA REUNION  A LAS 14:00 Y SE DA POR CERRADO EL ACTA.

FIRMAN EL ACTA LOS SEÑORES GERENTE  Y SECRETARIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO


Firmas



 
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miércoles, 31 de agosto de 2011

DEBERES Y DERECHOS EN SEGURIDAD SOCIAL

CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL :

Es la protección a los miembros de una sociedad contra privaciones económicas y sociales, garantizando asistencia medica por enfermedades, maternidad, vejez invalidez y muerte además de brindar bienestar y calidad de vida

La constitución política en su articulo 49 se reconoce el derecho de los colombianos a la seguridad social .

El servicio de salud es publico y obligatorio
Publico : Pertenece a todos
Obligatorio : Toda la población debe estar afiliada
Y los beneficios que consagra el sistema deben ser con la mayor coberura , equidad y calidad de los servicios de salud


DEBERES DE LOS EMPLEADORES

-Inscribir en alguna EPS a todas las personas con alguna vinculación laboral
-Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden (8.5 %) y descontar de los ingresos laborales las cotizaciones que corresponden a los trabajadores a su servicio (4 %)
-Girar oportunamente los aportes y las cotizaciones a la EPS
-Informar las novedades laborales de sus trabajadores a la EPS en cuanto al nivel de ingresos y sus cambios , las vinculaciones y retiros de los trabajadores

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES  EN BENEFICIOS ASISTENCIALES

  • Por el hecho de estar afiliado al REGIMEN CONTRIBUTIVO UN TRABAJADOR tiene derecho a los beneficios  contemplados  en el  POS(PLAN OBLIGATORIO EN SALUD)
-Maternidad y enfermedades en las fases de
Promoción ,prevención , diagnostico , tratamiento y rehabilitación para todas las patologías
-Provisión de medicamentos genéricos
-Urgencias de cualquier orden es decir necesidades que requieren atención inmediata
-Consulta medica general y especializada en cualquiera de las Áreas de la medicina con excepción de tratamientos con fines estéticos
-Consulta y tratamientos odontológicos con excepción de tratamientos de periodoncia , ortodoncia y prótesis en atención odontológica
-Exámenes de laboratorio y Rayos X
-Hospitalización y cirugía en todos los casos que se requiera
-Consulta medica en psicología , optometría y terapias
-Medicamentos esenciales en su denominación genérica
-Atención Integral durante la maternidad , el parto y al recién nacido

BENEFICIOS ECONOMICOS POR INCAPACIDADES

Existen tres tipos de incapacidades. Incapacidad por enfermedad profesional e incapacidad enfermedad general y maternidad
Cada incapacidad tiene tratamiento ligeramente diferente.


Incapacidad por enfermedad general

La incapacidad por enfermedad general o no profesional, está a cargo de las EPS a la que esté afiliado el empleado.

La incapacidad por enfermedad no profesional está regulada por el Código sustantivo del trabajo:
Valor del auxilio. En caso de incapacidad comprobada para desempeñar sus labores, ocasionada por enfermedad no profesional, el trabajador tiene derecho a que el patrono le pague un auxilio monetario hasta por ciento ochenta (180) días, así: las dos terceras (2/3) partes del salario durante los primeros noventa (90) días, y la mitad del salario por el tiempo restante.

La base para calcular el valor del auxilio por incapacidad en enfermedad general es el 66.67% del salario sobre el cual se cotizó en el último mes, para los primeros noventa (90) días de duración de la cesación de labores y del 50% para los siguientes noventa (90) días, excepto, cuando al aplicar las citadas proporciones, el resultado sea inferior al mínimo vigente, caso en el cual la compensación tiene que ser igual al 100% del salario mínimo”*.

Los primeros tres días de incapacidad del trabajador deben ser asumidos por la empresa.



Incapacidad por enfermedad profesional

La incapacidad por enfermedad profesional está a cargo de las Administradoras de Riesgos Profesionales.
La incapacidad por enfermedad profesional está regulada por la ley 776 del 2002:
 Incapacidad temporal. Se entiende por incapacidad temporal, aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado.

Monto de las prestaciones económicas por incapacidad temporal.

Todo afiliado a quien se le defina una incapacidad temporal, recibirá un subsidio equivalente al cien (100%) de su salario base de cotización, calculado desde el día siguiente el que ocurrió el accidente de trabajo y hasta el momento de su rehabilitación, readaptación o curación, o de la declaración de su incapacidad permanente parcial, invalidez o su muerte. El pago se efectuará en los períodos en que el trabajador reciba regularmente su salario.

LICENCIA POR MATERNIDAD

La licencia de maternidad es un beneficio que la ley laboral ha reconocido a la mujer que ha dado a luz siempre que este sea cotizante del sistema de salud, y que además cumpla con algunos requisitos.
La licencia de maternidad es de 14 semanas según la reciente modificación que hiciera del artículo 236 del código sustantivo del trabajo la ley 1468 de junio 30 de 2011, la cual en su artículo 1 dejó el artículo 236 del código sustantivo del trabajo en la siguiente forma

 Descanso remunerado en la época del parto. 

1. Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de catorce (14) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso.
2. Si se tratare de un salario que no sea fijo, como en el caso de trabajo a destajo o por tarea, se toma en cuenta el salario promedio devengado por la trabajadora en el último año de servicios, o en todo el tiempo si fuere menor.
3. Para los efectos de la licencia de que trata este artículo, la trabajadora debe presentar al empleador un certificado médico, en el cual debe constar:
a) El estado de embarazo de la trabajadora;
b) La indicación del día probable del parto, y
c) La indicación del día desde el cual debe empezar la licencia, teniendo en cuenta que, por lo menos, ha de iniciarse dos semanas antes del parto.
4. Todas las provisiones y garantías establecidas en el presente capítulo para la madre biológica se hacen extensivas, en los mismos términos y en cuanto fuere procedente, para la madre adoptante asimilando la fecha del parto a la de la entrega oficial del menor que se adopta. La licencia se extiende al padre adoptante sin cónyuge o compañera permanente. Estos beneficios no excluyen al trabajador del sector público.
5. La licencia de maternidad para madres de niños prematuros, tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, las cuales serán sumadas a las 14 semanas que se establecen en la presente ley. Cuando se trate de madres con Parto Múltiple, se tendrá en cuenta lo establecido en el inciso anterior sobre niños prematuros, ampliando la licencia en dos (2) semanas más.
6. En caso de fallecimiento de la madre antes de terminar la licencia por maternidad, el empleador del padre del niño le concederá una licencia de duración equivalente al tiempo que falta para expirar el periodo de la licencia posterior al parto concedida a la madre.
7. La trabajadora que haga uso del descanso remunerado en la época del parto tomará las 14 semanas de licencia a que tiene derecho, de la siguiente manera

a) Licencia de maternidad Preparto.

Esta será de dos (2) semanas con anterioridad a la fecha probable del parto debidamente acreditada. Si por alguna razón médica la futura madre no puede optar por estas dos (2) semanas previas, podrá disfrutar las catorce (14) semanas en el postparto inmediato. Así mismo, la futura madre podrá trasladar una de las dos (2) semanas de licencia previa para disfrutarla con posterioridad al parto, en este caso gozaría de trece (13) semanas posparto y una semana preparto. b) licencia de maternidad posparto. Esta licencia tendrá una duración de 12 semanas contadas desde la fecha del parto, o de trece semanas por decisión de la madre de acuerdo a lo previsto en el literal anterior.
 La trabajadora que haga uso del descanso remunerado en la época del parto tomará las 14 semanas de licencia a que tiene derecho de acuerdo a la ley. El esposo o compañero permanente tendrá derecho a ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad.
Esta licencia remunerada es incompatible con la licencia de calamidad doméstica y en caso de haberse solicitado esta última por el nacimiento del hijo, estos días serán descontados de la licencia remunerada de paternidad. La licencia remunerada de paternidad opera por los hijos nacidos de la cónyuge o de la compañera.
El único soporte válido para el otorgamiento de licencia remunerada de paternidad es el Registro Civil de Nacimiento, el cual deberá presentarse a la EPS a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha del nacimiento del menor.
La licencia remunerada de paternidad será a cargo de la EPS, para lo cual se requerirá que el padre haya estado cotizando efectivamente durante las semanas previas al reconocimiento de la licencia remunerada de paternidad. Se autorizará al Gobierno Nacional para que en el caso de los niños prematuros y adoptivos se aplique lo establecido en el presente parágrafo.
 De las catorce (14) semanas de ·licencia remunerada, la semana anterior al probable parto será de obligatorio goce.
 Para efecto de la aplicación del numeral 5 del presente artículo, se deberá anexar al certificado de nacido vivo y la certificación expedida por el médico tratante en la cual se identifique diferencia entre la edad gestacional y el nacimiento a término, con el fin de determinar en cuántas semanas se debe ampliar la licencia de maternidad.

lunes, 30 de mayo de 2011


CON EL VIDEO ANTERIOR FAVOR ESCUCHARLO  Y SACAR UNAS CONCLUSIONES POR ESCRITO